Sugerencia

Importante: la ordenanza relativa al agua potable se ha intensificado.

A partir de ahora aumentan las obligaciones de los caseros, propietarios de casas, hoteleros y explotadores de grandes urbanizaciones en lo que respecta a la puesta a disposición de agua potable y de consumo libre de gérmenes. El mercado ofrece a este respecto numerosos productos e instalaciones en parte muy complejas. Se trata de una novedad para los responsables, quienes primeramente han de adquirir conocimientos generales a fin de poner a seguro la eficiencia y evitar los costes excesivos.

La legislación determina lo siguiente:
“la preparación y el reparto de las aguas hasta el lugar en que se distribuyan en la casa es responsabilidad del abastecedor de aguas. A partir del lugar en que accedan a la casa, el responsable de la potabilidad del agua es el propietario de ésta o el explotador de la instalación doméstica“.


¿Qué nuevas condiciones han de cumplirse?

En la ordenanza relativa al agua potable revisada se introdujeron valores de referencia sobre el registro de la radioactividad y rastros de uranio así como la obligación más rigurosa a denunciar la existencia de legionela en el agua potable. Las prescripciones algo permisivas hasta ahora se han vuelto considerablemente rígidas, especialmente en lo que concierne a la responsabilidad de los caseros profesionales y sus administradores. Las instalaciones de procesamiento de agua caliente de más de 400 litros de almacenamiento se consideran a partir de ahora instalaciones de grandes dimensiones que han de ser registradas y sometidas a comprobación periódica. Lo mismo se aplica a las tuberías del agua caliente en caso de que, entre el calentador de agua potable y la toma, contengan una cantidad superior a tres litros de agua.